"Separación Visual"
- Rodriag Symington
- 26 mar
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De acuerdo con la Orden JO 7110.65AA de la FAA - Control de tránsito aéreo, párrafo 7.2.1 SEPARACIÓN VISUAL, en un área TERMINAL la separación visual puede ser aplicada por la torre o por el piloto. La separación visual aplicada por el piloto requiere que el controlador:
(a) Mantenga comunicación con al menos una de las aeronaves involucradas y asegurar que pueda comunicarse con la otra.
(b) Que el piloto detecte la otra aeronave y recibe instrucciones de mantener separación visual con ella, como se indica a continuación:
(1) Informar al piloto sobre la otra aeronave. Incluir la posición, dirección, tipo y, a menos que sea obvio, la intención de la otra aeronave.
(2) Obtener confirmación del piloto de que tiene la otra aeronave a la vista.
(3) Indicar al piloto que mantenga separación visual con esa aeronave.
(c) Si el piloto informa que tiene el tráfico a la vista y que mantendrá separación visual (el piloto debe indicar ambas cosas), el controlador puede "aprobar" la operación en lugar de repetir las instrucciones.
(d) Si las aeronaves están en rumbos convergentes, informar a la otra aeronave del tráfico y de que se está aplicando separación visual.
(e) Avisar a los pilotos si parece probable que las imágenes [en la pantalla de radar] se van a encontrar.
(f) El control de las aeronaves que mantienen la separación visual podrá transferirse a una posición, sector o instalación adyacente. Los procedimientos de coordinación deben especificarse en una carta de autorización o directiva de la instalación.
Hasta la letra (c), se cumplieron las condiciones en el caso del helicóptero PAT25 y el controlador local de DCA en la noche del 29 de enero de 2025; el controlador no estaba obligado a informar al CRJ de que había tráfico adelante y que la otra aeronave mantendría la separación visual; en este caso, el CRJ pudo oír las instrucciones del controlador al helicóptero transmitida en otra frecuencia, pero no las respuestas del PAT25. Dado que la norma no exigía que el PAT25 repitiera las instrucciones del controlador, ni el controlador ni la tripulación del CRJ tenía conocimiento de que el PAT25 no hubiera escuchado partes de las instrucciones.
Sin embargo, las letras (d) y (e) contradicen la idea de que, una vez establecida la separación visual por el piloto de una de las dos aeronaves y aprobada por el controlador, este último queda exento de toda responsabilidad de mantener una separación segura entre ambas aeronaves. Estas reglas exigen que el controlador siga observando las dos aeronaves en su pantalla, que avise a la otra aeronave si están en rumbos convergentes y que avise a los pilotos de ambas aeronaves si existe la posibilidad de que las dos imágenes se encuentren. Cabe destacar que las reglas no mencionan la separación vertical.
En el caso del accidente de Washington DC, el CRJ y el PAT25 estaban en rumbos convergentes y finalmente las imágenes se fusionaron en la pantalla de radar; de lo contrario, no habrían colisionado. Evidentemente, el controlador creyó que el conflicto se resolvería con la separación vertical pero, como se observó en un Blog anterior, una separación vertical de menos de 200 pies no es una separación segura. Si el controlador local hubiera informado expresamente al CRJ que cruzaría la trayectoria de un helicóptero que volaba hacia el sur a lo largo del río a 200 pies, la tripulación habría sido consciente de que se estaba desarrollando una situación potencialmente peligrosa, habría estado atenta al helicóptero y podría haber tomado otras medidas, como abandonar la aproximación o emprender maniobras evasivas si lo vieran.
La separación visual se basa en el principio de "ver y evitar"; dado que no se puede confiar en este principio para mantener una separación segura entre un avión de pasajeros y una aeronave de aviación general o militar, incluso de día y con buena visibilidad, se deduce que permitir que una aeronave de aviación general o militar unilateralmente mantenga la separación visual con un avión de pasajeros, no es una práctica segura y debería suspenderse.
En el caso de aviones de pasajeros, la separación visual solo debería permitirse entre dos aviones de pasajeros volando uno detrás del otro, o en aproximación a pistas paralelas, de día y con buena visibilidad, cuando no exista posibilidad de identificación errónea.
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